DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Libertad Sin Restricciones, a favor del ciudadano José Gregorio Lira Carvajal, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.237.326, nacido en fecha 19-02-1992, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Alexis Lira y Juana Carvajal, y con domicilio en el Sector La Playa, Calle Principal, Casa S/N, por delante de río y cerca de la bodega de la señora Maryuri, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, teléfono 0426-7803974; por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y s.....