DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor de la ciudadana LISBEIDY MARIA RIVERA PLAZA, Venezolana, natural de Carúpano, de 22 años de edad, nacida en fecha: 14-05-1.991, de oficio indefinido, soltera, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.415.035, hija de: Pedro Rivera y Rosa Plaza, residenciado en: La Peonías, invasión, detrás del Modulo, casa S/N, detrás del modulo, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre y ROSA ELIZABETH HERNANDEZ, Venezolana, natural de Carúpano, de 24 años de edad, nacida en fecha: 02-03-1991, de oficio indefinido, soltera, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.415.035, hija de: Beysi Araceli Salazar y Franklin Rafael Hernández, residenciado en: La Marina de Playa Grande, calle 8, invasión, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por la comisión del delito de del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 452 ordinal 4º del Código Penal Venezolano, en perjuicio de CARMEN CEDEÑO VILLAROEL.-