DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano José Luís Urbano Subero, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.441.820, nacido en fecha 09-08-1968, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Antonio Guevara y Juana Urbano, y domiciliado en el Sector Canaima, Casa S/N, cerca de la Escuela Canaima, Macarapana, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la "Escuela Bolivariana de Canaima",.....