DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada LUISANI COLÓN DE SALAZAR, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar en la Defensoría Pública Quinta en Penal Ordinario, contra la decisión de fecha dos (2) de enero de dos mil quince (2015), dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre - Sede Cumaná, mediante la cual decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos JORFRANK MOISÉS MOLERO GARCÍA, LUIS DANIEL GUERRA VERA, ARQUÍMEDES ONOFRE BERMÚDEZ MAGO y GIOMAR ALEXANDER CARRIÓN RENGEL, titulares de las Cédulas de Identidad números 26.108.658, 24.513.964, 24.514.196 y 24.514.084, respectivame.....