Acuerda LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD DE LIBERTAD, a favor del imputado AMADO ALEXANDER FIGUEROA MARCANO, Venezolano, de 25 años de edad, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha: 28-08-1983, de profesión u oficio conductor; de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad N° V-17.021.165, hijo de Amado Enrique Figueroa Bellorín y Alexia Marcano, residenciado en la OCV Simón Bolívar, calle Nº 03, casa s/n, cerca de la Gran Chivera, carretera Nacional San José, Carúpano, estado Sucre, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal; consistente en un Régimen de presentaciones cada Treinta (30) días por el lapso de Seis (06) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta sede judicial; por la presunta comisión de los delitos de DAÑOS MATERIALES CON OCASIÓN DE VIOLENCIA Y LESIONES INTENCIONALES SIMPLES, previstos y sancionados en los artículos 473, en concordancia con el artículo 474 y 413, todos del Código Penal, en perj.....