En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR las Cuestiones Previas promovidas por los abogados en ejercicio SAEL JOSE ASTUDILLO LARA y JESUS GENARO IBARRETO BARRIOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs. 105.930 y 10.431, respectivamente, y con domicilio procesal en la Urbanización Los Chaimas, Bloque Nº 3, Apartamento B-02, en esta Ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, actuando en sus carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano OMAR JOSE RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.690.499 y domiciliado en el Sector Cantarrana, Villa Paraíso, Casa S/N, Cumana, Estado Sucre, en el Juicio que por NULIDAD DE VENTA sigue la ciudadana DORA MAFFI de ANATRELLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de i.....