Dicho todo esto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda que por INTERDICTO DE DESPOJO sigue la ciudadana DANNYS NORELYS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad número V-8.443.903, y de este domicilio, representada judicialmente por los abogados en ejercicio GERMIS EUGENIO MUÑOZ y OSLAIDA GARCIA, inscritos en el inpreabogado bajo los números 42.225 y 116.435, respectivamente, y de este domicilio contra la ciudadana YAMILET DEL CARMEN ACUÑA TOVAR, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.499.100, y domiciliada en la Urbanización Cumanagoto II, vereda 9 casa Nº 16 de esta cuidad de Cumaná, Estado Sucre, debidamente asistida por lo.....