este Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión correspondiente conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, estima que es necesario en la presente causa, mantener y por ende ratificar la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta al imputado KELVIS JESUS RODRIGUEZ LIMPIO, de 20 años de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.702.110, domiciliado en LA urbanización la Llanada, sector 03, calle 08, casa N° 10, Cumaná, Estado Sucre, a quien la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, acusa de la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, tipos penales previstos y sancionados en los artículos 460, 278 y 472 del Código Penal, y por los cuales se le dictó auto de apertura a juicio, decisión ésta que se toma consi.....