Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO MIGUEL EDUARDO RIVERO QUIJADA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.539.338, natural de Cumaná, nacido en fecha 22-04-86, de 23 años de edad, hijo de Miguel Rivero y Elcida Quijada, estudiante, residenciado en la Urbanización Bermúdez, bloque 29, letra C, apto. 01, planta baja, Cumaná, Estado Sucre, en contra de quien se inició causa penal por estar presuntamente incurso en el delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 420, en relación el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de GERMARY JOSÉ ROQUE MARVAL, en virtud de que "...desde el veintiocho (28) de mayo del año dos mil nueve (2009) fecha en la que ocurre el hecho , hasta la presente ha transcurrido, el tiempo legal previsto para que opere la prescripción de la acción penal, a tenor de lo pautado en el artículo 108 numeral 5.....