Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: THOMAS MACADAN GIOVANNY ARTURO, venezolano, de 26 años de edad, soltero, pescador, nacido en fecha 01-07-1980, titular de la cédula de Identidad No. 16.480.449, domiciliado en el Sector Cumanagoto, San Luís II, vereda 05, casa S/N, cumaná Estado Sucre, cerca del abasto Piolin, con un lapso de régimen de prueba de: UN (01) AÑO Y SIETE (07) MESES, condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial, imponiéndosele una pena de: TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN más las penas accesorias p.....