REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 07 de julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-001001
ASUNTO : RP01-P-2007-001001

AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA CONDENATORIA

PENADO: FELIX FORTUNATO MARTINEZ BELLORIN

Se evidencia de los autos que en Juicio Oral y Público, celebrada en fecha 06 de AGOSTO de 2008, según acta inserta a los folios doscientos doce (212) al doscientos veinticuatro (224) de la tercera pieza del Expediente, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, dicto sentencia condenatoria al ciudadano penado FELIX FORTUNATO MARTÍNEZ BELLORIN, dicha sentencia fue apelada y la misma fue ratificada por la Corte de Apelaciones del Estado Sucre, en fecha 26 de mayo del año 2009, tal como se puede evidenciar a los folios (106) al (122) de la cuarta pieza, en el cual se declaro sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa y confirma la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Juicio, en tal sentido el mencionado Tribunal emitió un auto en fecha 01 de julio de 2009, inserto al folio (141) de la pieza cuatro, en el que expresa que por cuanto la decisión dictada por ese Despacho quedo firme, ordena la remisión de las actuaciones a la Unidad de Jueces de Ejecución, siendo finalmente recibida en este Juzgado Primero de Ejecución dictándose el auto de entrada correspondiente en fecha de 03 de julio del año en curso, y siendo que en dicho fallo se evidencia que el referido Tribunal Tercero de Juicio condenó al ciudadano FELIX FORTUNATO MARTÍNEZ BELLORIN, titular de la cédula de identidad N° 06.528.503, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 405 del código penal, en perjuicio de LUIS ALBERTOP RIVERO, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA dicha sentencia, en los siguientes términos:
Primero: Siendo que el penado FELIX FORTUNATO MARTÍNEZ BELLORIN, titular de la cédula de identidad N° 06.528.503, fue condenado a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, y esta detenido desde el día 06 de abril de 2007, según acta de investigación penal cursante al folio dieciséis (16) de los autos, es por lo que hasta el día 07 de Julio de 2009, puede concluirse que a la presente fecha tiene un pena corporal efectiva cumplida de DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y UN (01) DÍA, por ende le falta por cumplir de la pena impuesta, ONCE (11) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS DE PRISIÓN, pena que vencerá el día 06-10-2020.
Segundo: El reo FELIX FORTUNATO MARTÍNEZ BELLORIN, titular de la cédula de identidad N° 06.528.503, quedarán sujeto a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, a saber, inhabilitación política mientras dura la condena y sujeción a vigilancia de autoridad por una cuarta parte del tiempo de condena, una vez terminada ésta.
Tercero: De conformidad con lo previsto en el artículo 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas desde las cuales el penado FELIX FORTUNATO MARTÍNEZ BELLORIN, podrá optar y solicitar los Beneficios que establece la Ley.
PRIMERO: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir Una Cuarta (1/4) Parte de la pena, equivalente a TRES (03) AÑOS CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, tiempo que se verificará en fecha 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2010.
SEGUNDO: RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir Un Tercera (1/3) Parte de la pena, equivalente a CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESES, la cual se cumplirá en fecha 06 de OCTUBRE de 2011.
TERCERO: LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las Dos Terceras (2/3) Partes de la pena, equivalente a NUEVE (09) AÑOS, para ser cumplida en fecha 06 de ABRIL de 2016.
CUARTO: CONFINAMIENTO: Al cumplir las Tres Cuartas (3/4) Partes de la pena, equivalente a DIEZ (10) AÑOS, UN (01) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, para ser cumplida en fecha 21 de MAYO del año 2017.-

DISPOSITIVA
Conforme a los argumentos antes esgrimidos y en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa seguida al penado FELIX FORTUNATO MARTÍNEZ BELLORIN, titular de la cédula de identidad N° 06.528.503 y quien fue condenado a cumplir la pena de: TRECE (13) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 405 del código penal, en perjuicio de LUIS ALBERTOP RIVERO. Líbrese Notificación al Fiscal del Ministerio Público en materia de Ejecución así como a la Defensa Pública. Líbrese oficio adjunto copias certificadas de la sentencia y del presente auto, al director del internado judicial de Cumaná. Líbrese boleta informativa al penado de autos. Este tribunal se trasladara y constituirá el día viernes 10 de julio del año 2009, a las 9:00 a.m, en la sede del internado judicial, con la finalidad de imponer al penado del presente auto.- Asimismo se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Archivo Central.- Así se decide.-. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
Abg Ygnacio López EL SECRETARIO
Abg. Gilberto Figuera.