Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado WUANERBI RAFAEL CASTILLO CUMANA, quien señalo ser Venezolano, natural de Cumaná, de 23 años de edad, soltero, nacido en fecha 13-10-1984, titular de la cédula de identidad Nº V-17.761.884, residenciado en Bolivariano, Sector Plaza Bolívar, casa N°. 17, Cumaná, Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251 ordinales 2, 3 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del referido artículo, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, en consecuencia se ordena la Privación Judicial Preventiva de Libertad, dejándose constancia que el imputado se e.....