Por los motivos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abogado FRANK A. OCANTO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.643.936 y de este domicilio, en su carácter de Juez del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 02/05/2024. SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado VÌCTOR DANIEL TRUJILLO ACUÑA, en su carácter de Secretario Temporal del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, contenida en acta de fecha 02/05/2024.