Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Sala de Juicio del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio introducida por la ciudadana VERONICA DEL VALLE TINEO BRAVO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 12.291.473, domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, asistida por la abogada en ejercicio Rosandra Prosperi, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 89.562, contra el ciudadano PABLO RAFAEL PEÑA FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.966.447, domiciliado en Sector Los Antaños, Guayacán de Las Flores, casas Nº 13 Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre. De conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo.....