Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado Jesús Evelio González, venezolano, natural de Carúpano, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.435.658, de estado civil Soltero, nacido en fecha 23-04-1969, Comerciante Informal, residenciado en la Urbanización Virgen Del Valle, Playa Grande, Calle N° 06, Casa S/N, cerca de la entrada, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Orgánica Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, vigente para la fecha que sucedieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana Amada Del Jesús Ferrer, en virtud de haber operado .....