Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por la abogada KARELINA DEL VALLE ARENAS RIVERO, de conocer la causa Nº RK01-P-2000-000012, seguida en contra los acusados ÁNGEL LUÍS CARVAJAL, OSCAR LUÍS PADRÓN, FRANCISCO RAFAEL PADRÓN, JOSÉ PADRÓN, CARLOS DANIEL CARVAJAL, EDGAR JOSÉ MARIÑA y ESTEBÁN JOSÉ PADRÓN, del ciudadano LUIS EDUARDO RENGEL RODRÍGUEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, en perjuicio del ciudadano LORENZO BAUTISTA GARCÍA DÍAZ. Asimismo, se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal A quo, a los fines que, a su vez, envíe las mismas al Tribunal que le ha correspondido conocer de esta causa con motivo de la inhibición planteada; todo ello, de confor.....