Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano, como Jesús Aníbal Guilarte Carreño venezolano, de 48 años de edad, natural de Yaguaraparo, Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad N° 8.963.843, de profesión u oficio agricultor, nacido en fecha 17-01-61,y domiciliado en la Población de Bohardal, Municipio Cajigal, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito, LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo N° 413 del Código Penal, quien deberá presentarse cada treinta días por el lapso de seis meses y por ante la Comandancia de Policía de Yaguaraparo, Municipio Cajigal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Pen.....