Por las consideraciones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PROCEDENTE la solicitud fiscal y acuerda decretar la privación judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano FREDDY DEL VALLE MARQUEZ LANZA, venezolano de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.761.879, nacido en fecha 09/12/1984, hijo de los ciudadanos Noraima Josefina lanza y Felipe Márquez, de estado civil Soltero, Profesión u Oficio Obrero de Construcción, residenciado en la Urb. La Llanada, Sector 03, Calle Los Jobos, Casa S/N° (cerca de la bodega del sr. Caballo), Cumaná, estado Sucre, Teléfono 0293.644.42.77, conforme a lo previsto en los artículos 250 y 251 del COPP. ASÍ MISMO, se acuerda la separación de la presente causa, seguida contra los ciudadanos NERIOS JOSÉ MÁRQUEZ LANZA y CARLOS RAFAEL BOADA LANZA, a q.....