Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479 ordinal 2°, 482 y 484, del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 88 y 97 ambos del Código Penal , Acumula las Penas Impuestas al ciudadano Jesus Rowuhis Marquez: quien es venezolano, natural de Carúpano, de 30 años de edad, estado civil: casado, nacido en fecha 21-11-1978, titular de la cédula de identidad Nº V-14.856.013, ocupación u oficio: obrero, hijo de Luís José Salazar e Lenys Teresa Márquez, y residenciado en el Sector Guara 01, Calle Los Teques, Casa Nº 23, Municipio Benítez del Estado Sucre, en las causas RP11-P-2009-001424 y RP11-P-2010-000385, Quedando a cumplir la pena de Tres,(3), años y Ocho,(8), me.....