DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Quinto De Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano JULIO CESAR ALBINO CEDEÑO, quien es venezolano, de 26 años de edad, Estado Civil: Soltero, natural de Carúpano, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 18.213.970, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 22-03-1986, Hijo de Magali Cedeño y Luís Albino, Residenciado en: Sector la Ceiba, calle los olivos, tercera calle, invasión de canchunchu, casa sin número, detrás del colegio de Charallave, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de por estar presuntamente incurso ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 Del Código Penal en perjuicio de LAUDENIS CONCEPCION COVA, Y PORTE I.....