En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a LUÍS EDUARDO RENGEL RAMOS, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.387.500, soltero, venezolano, fecha de nacimiento 07/11/1988, de oficio indefinido, natural de Cumaná, y residenciado en el Sector El Tacal, Casa S/N, Cumaná Estado Sucre, hijo de los ciudadanos Baltasar Velásquez y Romelia Rondón; y MANUEL ALFREDO GONZALEZ REGEL, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.239.651, soltero, venezolano, fecha de nacimiento 29/02/1988, sin oficio, natural de Cumaná y residenciado en la urb. Brasil, Sector II, Vereda 76, Casa Nº 12, Cumaná Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, contemplados en los artículos 111 de Ley Para El Desarme Y Control De Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZ.....