este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar el pedimento Fiscal, y acuerda que lo procedente en derecho es otorgarle la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a los ciudadanos los ciudadanos JUAN NICOLAS GONZALEZ RUIS, venezolano, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.044.030, Residenciado San Vicente Vía Caripito Casanay, Sector la Pica Piedra, casa S/N del Estado Sucre, soltero, profesión u oficio conductor, hijo de Juan González y de Venidle Ruiz; el imputado ANGEL LUIS BRITO LEÒN, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.284.234, Residenciado San Vicente Vía Caripito Casanay, Sector EL COCO, casa S/N del Estado Sucre, soltero, profesión u oficio comerciante, hijo de Luís Brito y Leudis León; RHOYS PAULINO HERNANDEZ, venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.935.700, Residenciado San Vicente Vía Caripito Cas.....