Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 482 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano: ANGEL MIGUEL RAMOS ORTÍZ, titular de la cédula de identidad Nº 24.129.452, de 22 años de edad, natural de Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, fecha de nacimiento 20-07-1990, de oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Cruz Miguel Ramos y Yaritza Ortiz, residenciado en el Rincón de Araya, calle Principal, casa N° 10, cerca del Bar Mi Esperanza, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, teléfono 0426-8804955, a cumplir la pena de: DOS (02) MESES, SIETE (07) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE ARRESTO MAS LAS ACCESORIAS DE LEY previstas en el artículo 17 del Código Penal, por la comisión del delito de: LESIONES PERSON.....