DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del ciudadano BENITO JOSE JAIME AVENDAÑO, venezolano, natural de Carúpano del Estado Sucre, Municipio Bermúdez, de estado civil soltero, de 29 años de edad, Profesión u oficio comerciante, titular de la Cedula de Identidad Número V- 21.012.317, fecha de nacimiento 09.10.1989, residenciado en el sector Versalle, calle Santa Fe, casa N° 38, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres Libre de Violencia, en perjuicio de WILMARIS DEL VALLE JAIME, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 numera.....