ACUERDA: ampliar el lapso de presentaciones del imputado JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ, quien es venezolano, soltero, mayor de edad, de 34 años de edad, nacido el 11-02-1971, de profesión u oficio: obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 12.885.338, residenciado en calle Fajardo, cruce con merito, casa N° 23-13, frente al Hotel Coche, El Faro de Porlamar, Estado Nueva Esparta, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 458, en relación con el 80 en su último aparte y 82; y Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218, todos del Código Penal, en perjuicio de ARISMANDO RAFAEL MATA Y EL ESTADO VENEZOLANO. De cada Quince (15) días a cada Cuarenta y Cinco (45) días, contado a partir de la última presentación. Hasta el 06 de Agosto del 2007.