este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el articulo 457 del Código Penal Vigente para el momento de Los hechos, al ciudadano JORGE LUIS VÁSQUEZ GUERRA, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.239.591, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 20-10-80, hijo de Gilberto José Vásquez y Carmen Mercedes Guerra, albañil, residenciado en el Bolivariano, sector el chispero, casa S/N°, al lado del comedor, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, pena ésta que terminarán de cumplir aproximadamente en el año 2017 .