REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 25 de marzo de 2013
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2013-000810
ASUNTO : RP01-P-2013-000810
Vista la solicitud de Se recibió de parte del Abg. Juan Figueroa Rada, Defensor Privado de CARLOS LEÓN GERALDINO, donde Solicita de permiso especial a su defendido para asistir al funeral de su hermano quien falleció el día 24-03-13, así mismo consigno escrito done solicita de Cambio de Precalificación Jurídica de Homicidio Intencional Simple a Homicidio Culposo en la Causa Seguida al Precitado,, este tribunal con respecto a la solicitud de permiso especial a su defendido para asistir al funeral de su hermano quien falleció el día 24-03-13, este tribunal niega la misma visto que en la solicitud no acredita parentesco ni acta de defunción que acredite que ciertamente haya fallecido el hermano del imputado de auto, por lo que mal puede esta juzgadora otorgar el referido permiso.
En lo que respecta a la solicitud de cambio de calificación jurídica, en razón que su defendido no tubo la intención de atropellar al ciudadano LUIS EDUARDO RANGEL, por lo que solicita se corrija la precalificación jurídica realizada por el Ministerio publico de homicidio intencional a homicidio culposo.
Este tribunal considera que la defensa en la etapa de investigación no se puede pretender, realizar alegatos propios de una audiencia preliminar, visto que no es esta etapa del proceso de realizar un cambio de calificación jurídica, ni mucho menos pretender que esta juzgadora corrija una calificación jurídica, cuando se evidencia que se realizo una imputación fiscal por el delito de homicidio, tal como o señalara el fiscal del Ministerio publico y confirmado por la juez actuante en ese momento, es por ello que considera ajustado a derecho negar la solicitud realizada por la defensa.
De tal manera, que este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en lo Penal del Estado Sucre en funciones de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA LA SOLICITUD DEL Abg. Juan Figueroa Rada, Defensor Privado de CARLOS LEÓN GERALDINO, donde Solicita de permiso especial a su defendido para asistir al funeral de su hermano quien falleció el día 24-03-13, así mismo consigno escrito done solicita de Cambio de Precalificación Jurídica de Homicidio Intencional Simple a Homicidio Culposo en la Causa Seguida al Precitado,, este tribunal con respecto a la solicitud de permiso especial a su defendido para asistir al funeral de su hermano, Librese las notificaciones y remítase las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, a fin de ser agregado a la causa. Así se decide.-
JUEZA SEGUNDO DE CONTROL
ABOG. ANADELI DEL CARMEN LEON
SECRETARIA JUDICIAL
ABOG. FRANCYS RIVERO
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