Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Condena: Al ciudadano Amin Rafael Ahomad Tovar, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.300.314, nacido en fecha 16-04-1984, de profesión u oficio no definida, hijo de Carmen Tovar y Amin Alberto Ahomad, y residenciado en el Barrio Sucre, Calle Miramar, Casa N° 75, cerca de la plaza, Versalle, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de dos (02) años y ocho (08) meses de prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Lesbia Josefina González; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 74 ordinal 4° del Có.....