Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA AMPLIAR el REGIMEN DE PRESENTACION al acusado, por el lapso de Cuatro (04) Meses, al acusado ANGEL RAFAEL MILLAN MARCANO, quién es venezolano, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.860.406, nacido en fecha 04-11-1.961, profesión u oficio maestro de obras, hijo de Ángel Millán y Benita Marcano, residenciado en: el Barrio 23 de Enero de Rió Caribe, Casa S/N, Sector 2, Municipio Arismendi del Estado Sucre, incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SANDRA NOHEMI MONTAÑO CARMONA; imponiéndole las siguientes condiciones: PRIMERO: La No agresión física ni verbal en contra, de la victima; y SEGUNDO: cumplimiento, por a.....