Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 496 del Código Orgánico Procesal Penal decreta la Extinción de la pena impuesta al penado Luis Alberto Ybana García, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 18.445.037, mayor de edad, natural de Caracas Distrito Capital, donde nació el 10-09-1984, soltero, hijo de Pedro Ybana y Dilia García, residenciado en Urb. Curacho, Vereda N° 1, casa N° 4, cerca de una cancha, Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien fuera Condenado a cumplir la pena de Cuatro (4) Años De Prisión, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, por cumplimiento definitivo y satisfactorio del r.....