n virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA la competencia del presente asunto seguido al ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, para el Juzgado Primero Control Adolescentes De la ciudad de Barcelona Estado Anzoátegui, a quien se le inicio investigación por la presunta comisión del delito de homicidio calificado por motivos fútiles e innobles en grado de coautor, de fecha 14 de agosto de 2013, cometido en el Estado Anzoátegui, sitio del cual se encuentra evadido.
Decisión que se toma conforme a lo establecido en los artículos 57 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal, sustento legal aplicable al caso de autos por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Ad.....