Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado JAMER JOSÉ RODRÍGUEZ SINOZA, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.022.215, nacido en fecha 30-04-80, soltero, residenciado en: Calle Bolívar, casa N° 08, de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, frente la Escuela, de profesión u oficio: Ayudante de Albañilería, hijo de: Neri Simoza y Ermogenes Rodríguez, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Lesiones del Tipo Legal Básico, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Tito Armando Rojas, quien deberá presentarse cada quince (15) días por un lapso seis (6) meses, por ante la Comandancia de Policía de Yaguaraparo del Municipio Cajigal del Estad.....