Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: FRANCISCO JOSE BETANCOURT REYES, suministrará por concepto de obligación de manutención la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (BS. 380,oo) mensuales. Además el padre dará un bono navideño por la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,oo). Asimismo dará un bono vacacional por la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (bs. 300,oo). Los gastos médicos, medicinas, uniformes y útiles escolares serán cubiertos por los padres en un 50% cada uno. Asimismo el padre solicita que los montos acordados sean retenidos de su sueldo o salario, para lo cual se oficia al Banco Bicentenario Banco Universal, a los fines de que se proceda a aperturar cuenta de ahorros a nombre de la madre; y una vez que conste en autos el número de la cuenta aperturada, se procederá a indicarle al Jefe de personal de la Z.....