D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE, el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado. JESÚS ENRIQUE REQUENA RODRÍGUEZ, actuando con el carácter de Fiscala Primero del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, contra la resolución dictada por el Juzgado Tercero de Control de Cumaná, en fecha 25 de Enero de 2006, mediante la cual se le acordó medida cautelar sustitutiva de libertad al imputado: EDICKSON RAFAEL RODRÍGUEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 13.836.750, en la causa penal que se le sigue por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES GRAVISIMAS, previstos y sancionados en los artículos 409 y 414 del Código Penal, e.....