este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus RAFAEL JOSE GUTIERREZ RODRIGUEZ (d), quien era titular de la cédula de identidad N° V-14.125.431, a sus hijos las ciudadanas YANNIRYS DEL VALLE GUTIERREZ CARREÑO y RAINERYS DEL CARMEN GUTIERREZ CARREÑO, de veintitrés (23) y veinte (20) años de edad, respectivamente, el adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Org.....