este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda con Lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia, Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a la imputada YELU JOSEFINA CÓRDOVA RAMOS, venezolano, de 38 años de edad, nacida el 03/09/1972, cédula de identidad Nº 12.274.734, natural de caracas, de oficio comerciante, soltera, residenciada en la Calle los Ángeles, Sector Boca de Lobo, Casa Nº 72, cerca de la caja de ahorro, Cumaná, Estado Sucre. Se acuerda librar boleta de encarcelación dirigida al Internado Judicial de esta ciudad ente que se fija como sitio de reclusión de la imputada y remitirla adjunto a oficio librado al Destacamento N° 78 de la Guardia Nacional, a los fines que se haga efectivo el traslado de la misma hasta la sede de dicho centro carcelario. Se califica la aprehensión de la imputada en flagrancia y se acuer.....