este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano MAYCKEL JOSE BELLORIN ZAPATA, Venezolano, natural de Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad Número V- 24.715.874, de 21 años de edad, nacido en fecha 04/06/1996, soltero, taxista, hijo de Jesús Vellorí y Odalis Zapata, residenciado en Macarapana, sector barranca amarilla, casa s/n, cerca de la casa de la señora Zulia, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de ENMANUEL JOSÉ ENCALADA BELLO Y MARÍA LORENA MOLINA VILLARROEL, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, numerales 1, 2 y 3; Articulo 237, numerales y 238 todos del Código Org.....