En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al ciudadano EDWARD LUIS RIVERO RIVERO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.904.331, de estado civil soltero, de 25 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha 14-04-1988, de profesión pescador artesanal, hijo de HECTOR LUIS RIVERO LOPEZ Y MARIELA RIVERO RAMIREZ, con residencia en El Tacal 1, sector la Alcabala, calle El Roble, casa S/N, cerca del Estadio, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0426-3807566; por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, POR LA FALTA DE CERTEZA, NO EXISTE LA POSIBILIDAD DE INCORPORAR NUEVOS DATOS A LA INVESTIGACIÓN Y NO HAY BASE PARA SOLICITAR FUNDADAMENTE EL ENJUICIAMIENTO D.....