Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control de primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda conceder un PLAZO PRUDENCIAL DE CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS CONTINUOS, a los fines que la Representante del Ministerio Público dicte su acto conclusivo en la presente causa seguida a los ciudadanos JAVIER JOSE FERMIN MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.211.922, hijo de José Luis Fermín Salazar y de Petra Josefina Mendoza Villafaña, de 25 años de edad, de oficio Comerciante, soltero, con domicilio en Urb. Cristóbal Colón, calle 03, casa Nº 179 de esta ciudad de Cumaná, por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previstos y sancionados en el artículo 09 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículos 281, del Código.....