este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: CLAUDIO QUINTIN RODRÌGUEZ URBANO, Venezolano, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.124.709, nacido en fecha 02-02-1989, de 21 años de edad, hijo de Antonio Rodríguez y Marcelina Urbano; y domiciliado en: San Martín, calle 19 de Abril, sector las acacias, casa S/N, cerca de la Cancha, Carúpano, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458, del Código penal, en perjuicio de YUSMARY MARHGARITA GUERRA GUERRA. Se califica como flagrante la aprehensión del ciudadano antes mencionado y la instrucción del presente asunto, por la vía del procedimiento ordinario, en atención a lo previsto en los artículos 248 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; todo de conformida.....