Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ONOFRE JOSE BRITO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 15.743.315, nacido en fecha 20/02/1991, de 19 años de edad, hijo Reina Araguache y Norberto Betancourt, residenciado en el Sector Vaca, vía Cumaná - Cumanacoa, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Nº 1, del Código Penal Vigente para el momento de ocurrir los hechos, en perjuicio del ciudadano: JUAN MANUEL DELGADO ESPARRAGOZA (OCCISO); por considerar que cualquier otra medida resultaría insuficiente para garantizar las finalidades del proceso, dada la pena aplicable y el daño causado. Todo de conformidad con el artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, 251 numerale.....