este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano JOSÉ NICOLÁS YAÑEZ SÁNCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.950.710, de 51 años de edad, nacido 07-06-57, de oficio agricultor, hijo de José Nicolás Yánez y María de Lourdes Sáchez, residenciado en Carretera Casanay Cariaco, quinta la verónica, sector Aguas caliente, Estado Sucre, a quien se le sigue la causa por la comisión de los delitos de CAMBIO DE FLUJOS Y SEDIMENTACIÓN Y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES