este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, bajo Caución Económica, para el imputado Adonnys Alexander Vásquez Rosal, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.691.580, nacido en fecha 01-04-1992, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio herrero, hijo de Antonio Vásquez y Mari Rosal, y residenciado la Urbanización Playa Grande, Calle Principal, Casa S/N, en frente del negocio de venta de lotería, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: Hurto Agravado y Agavillamiento, previstos y sancionados en los artículos 452 numeral 8° y 286 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luís Joaquín Quijada Moreno y El Estado Venezolano,.....