Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 19 de Marzo del año 2010 ,por el Tribunal Segundo de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a Eduar Alexander Aguilera Arias, venezolana, natural de Casanay Estado Sucre, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio del caletero y estudiante, nacida en fecha 03-07-91, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.527.703, hijo de Daniel Fernando Aguilera y Crisanta Arias, domiciliado en: Sector Campo Ajuro, Bella Vista, en toda la entrada la tercera casa, Carúpano Estado Sucre, y willi José Rodríguez Rodríguez.....