Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido a los ciudadanos Ángelo Antonio Goncalves Villarroel, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 19.346.050, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 23 años edad, nacido en fecha 10/06/1990, soltero, de oficio no definido, hijo de los ciudadanos Estela Villarroel y Antonio Goncalves, teléfono 0424-8219621, y residenciado en la calle Las Casas, casa S/N, al frente a la fuente de soda Don Julio, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en relación con los artículos 455 y 83, ejusdem; en perjuicio del ciudadano Ri.....