En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos ANTONIO JOSE RODRIGUEZ BAEZ , venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, de 25 años de edad, nacido en fecha: 03/02/1988, soltero, titular de la cédula de Identidad Número V- 18.586.160, obrero, hijo de Eusebio Rodríguez y Gloria Báez, con domicilio en la Sector La Frontera, Calle Principal, casa Nº 22, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre y VICTOR JOSE FIGUERA MATA, venezolano, natural de Guiria Estado Sucre, de 24 años de edad, nacido en fecha: 06/09/1990, soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 25.900.019, albañil, hijo de Victor Figuera y Irisa Mata, con domicilio en la Sector La Frontera, .....