el Juzgado Segunda de Primera Instancia en lo Penal Estatal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal primero del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 229 y 230 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL impuesta al procesado ciudadano JOEL JOSE GUERRA GONZALEZ, venezolano, de 47 años de edad, nacido en fecha 13/07/1964, titular de la cédula de identidad N° V-8.653.343, soltero, de profesión u oficio empleado, hijo de los ciudadanos Graciela González de Guerra y Santiago Bautista Guerra-, residenciado en la urbanización La Llanada, Sector 3, sector los ranchos, Casa Sin Número, Cumaná, Municipio Sucre, Estado Sucre, Teléfono 0269-4169340; en investigación iniciada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público por la p.....