este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: JOSÉ LUÍS RONDÓN MOREY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.762.910, de 21 años de edad, nacido en fecha 03-10-89, de oficio estudiante, estado civil Soltero, hijo de José Luís Rondon y Nancy Moreno (occisa), y residenciado en Calle santa Rosa, la Casimba, casa sin numero, cerca del Centro Comercial la Banca, Cumaná, Estado Sucre, actualmente en libertad, por el lapso de CINCO (05) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS DE PRISION, pena que finalizará en fecha: 17 de Diciembre del 2.011.-
Se ordena asimismo oficiar a la Unidad Téc.....