...declara: CON LUGAR, la solicitud de reforma de cómputo presentada por la Representación del Ministerio Público y en consecuencia actuando conforme a los establecido en el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se reforma el cómputo establecido en la decisión de fecha 03-11-2008, que cursa a los folios 142 al 143 del expediente por cuanto lo señalado por el Ministerio Público en su solicitud, en cuanto al tiempo de pena que realmente le faltaba por cumplir al penado de autos la fecha de culminación de la pena, toda vez que hasta la fecha del auto que se corrige tenía una pena efectiva cumplida de DOS (02) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS NUEVE (09) MESES Y CINCO (05) DIAS, la cual vence el día 08-08-2011, hasta la fecha del auto que hoy se corrige...-