Vista la diligencia de fecha 18-02-08, suscrita por las partes intervinientes: PARTE ACTORA: ARMANDO RAMÓN RAMÍREZ HURTADO, titular de la cédula de Identidad Nº 5.084.563, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: GONZALO MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.953 y la PARTE DEMANDADA: la ciudadana: CARMEN CANDELARIA SALAZAR FERNÁNDEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 5.760.617, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio: MIRIAN MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.387, en la cual desiste del procedimiento y de la acción, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del C.....